¿Qué tenemos que hacer para exportar un vehículo al extranjero?
Para vender un vehículo matriculado en España en el extranjero y hacerlo de forma segura, sin caer en timos o estafas, hay que realizar los siguientes trámites. A través de ellos daremos de baja el vehículo en la Dirección General de Tráfico (DGT).
El primer paso es tramitar la baja definitiva por Exportación o Tránsito Comunitario, tanto si se va a exportar a otro país de la UE o a un país que no pertenezca a la UE. La baja definitiva por exportación se solicita en la Jefatura provincial de Tráfico y tendrá que abonar una pequeña tasa.
Para una tramitación correcta de la baja, y para acreditar que el vehículo va a ser exportado, necesitamos aportar la siguiente documentación:
- Identificación de la persona que vende el vehículo. Existen dos casos diferentes:
- Si el propietario es una persona física, se debe presentar uno de los siguientes documentos: Documento Nacional de Identidad (DNI), permiso español de conducción, tarjeta de residencia, pasaporte o NIE (Número de Identificación para Extranjeros).
- Si el propietario es una persona jurídica (una empresa, por ejemplo), debe presentar la tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditar con un documento oficial quién es el representante legal de la sociedad en cuestión.
- Tarjeta de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). Esta tarjeta informa de todas las ITVs que ha pasado el vehículo y es necesaria para poder vender el vehículo.
- Permiso de circulación del vehículo. Este es un documento que poseen todos los vehículos registrados oficialmente en España y otorga el permiso para circular de manera legal.
- Impuesto municipal sobre vehículos de tracción mecánica. Para poder vender o dar de baja al vehículo este impuesto tiene que estar al día. En caso de que el vehículo esté exento de este impuesto, se debe presentar un justificante.
- Contrato de compraventa del vehículo. Este documento debe incluir la siguiente información: datos del vendedor y del comprador, datos del vehículo (marca, modelo, matrícula y año) y datos de la venta (precio, fecha, hora y lugar). El contrato debe estar firmado por ambas partes.
Una vez presentada toda esta documentación, la DGT tramitará la venta a un país extranjero y anulará el permiso de circulación español. El documento anulado y la tarjeta ITV se tienen que entregar al comprador para que éste pueda matricular el vehículo en su país de residencia.
En el caso de que el comprador desee circular con el vehículo hasta su país, deberá solicitar un permiso provisional para transportarlo. Este permiso incluye unas matrículas verdes provisionales que tienen una validez de 60 días. Para que el comprador pueda tramitar este permiso, es necesario que la ITV del vehículo esté en vigor. Por último, deberá solicitar un seguro provisional.